Una explicación sobre esta Ley :
Es la capacidad de denunciar que sustenta cualquier persona, representante legal o por quien tenga de hecho el cuidado personal o la educación del afectado al verse afectados por una acción u omisión que importe discriminación arbitraria ante un Juez de Letra de su domicilio o ante el Juez de Letra del domicilio del responsable de dicha acción u omisión. Se interpondrá por escrito, pudiendo, en casos urgentes, interponerse verbalmente, levantándose acta por la secretaría del tribunal competente dentro de noventa días corridos contados desde la ocurrencia de la acción u omisión discriminatoria, o desde el momento en que el afectado adquirió conocimiento cierto de ella. En ningún caso podrá ser deducida luego de un año de acontecida dicha acción u omisión.
Definición de discriminación arbitraria.
Se entiende por discriminación arbitraria toda distinción,
exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por
agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o
amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en
la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales
sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en
particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la
nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión
política, la religión o creencia, la sindicación o participación en
organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual,
la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia
personal y la enfermedad o discapacidad.
Tras siete años en el Parlamento, el 9 de mayo del presente año fue aprobada la Ley Antidiscriminación por una amplia mayoría. Se contabilizaron 25 votos a favor, tres en contra e igual número de abstenciones. Los tres votos en contra fueron de los senadores RN Carlos Larraín, José García Ruminot y Carlos Kuschel. El proyecto ahora pasará a manos del Presidente de la República para su promulgación.
Para descargar el documento aprobado en el Congreso, pincha aquí.
Tras siete años en el Parlamento, el 9 de mayo del presente año fue aprobada la Ley Antidiscriminación por una amplia mayoría. Se contabilizaron 25 votos a favor, tres en contra e igual número de abstenciones. Los tres votos en contra fueron de los senadores RN Carlos Larraín, José García Ruminot y Carlos Kuschel. El proyecto ahora pasará a manos del Presidente de la República para su promulgación.
Para descargar el documento aprobado en el Congreso, pincha aquí.
Felipe Díaz Cárdenas
Egresado en Ciencias Jurídicas y Sociales
Procurador en SociedadChile.cl
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